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La Real Academia Española y el monopolio del género... gramatical

Por Chusa Lamarca Lapuente. Lingüista.

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Por género se entiende una construcción simbólica que alude al conjunto de atributos socioculturales asignados a las personas a partir del sexo y que convierten la diferencia sexual en desigualdad social. La diferencia de género no es un rasgo biológico, sino una construcción mental y sociocultural que se ha elaborado históricamente. Por lo tanto, género no es equivalente a sexo; el primer término se refiere a una categoría sociológica y el segundo a una categoría biológica.

La importancia del concepto de género radica en hacer visible el supuesto ideológico que equipara las diferencias biológicas con la adscripción a determinados roles sociales. El concepto nació, precisamente, para poner de manifiesto una relación desigual entre los géneros (mujeres y hombres, entendidos como sujetos sociales y no como seres biológicos). Así surgieron los Estudios de Género que cuentan con una corta, pero intensa trayectoria como disciplina tanto en España como fuera de ella y que, si bien se han centrado en el papel social que se le ha atribuido y se le atribuye a las mujeres -dado que partieron del ámbito feminista-, ahora empiezan también a centrarse en el estudio del papel de los hombres como género. Afortunadamente, muchos hombres comienzan a estar interesados en desmontar la visión androcéntrica -por parcial, incompleta e injusta- que ha dominado todas las disciplinas humanas desde sus inicios hasta nuestros días: desde la filosofía y la historia, pasando por el arte, la literatura, la política, el derecho, la sociología, la psicología, la ciencia, etc. y, como no, la lingüística; y que ha impregnado el pasado y el presente del pensamiento “objetivo” y “subjetivo” de las personas y de las sociedades.

El lenguaje es una de las máximas expresiones de las ideas y del pensamiento humano y los conceptos que en él se encierran, sirven para describir, encuadrar y comprender la realidad y, una vez fijados y establecidos, también afectan a la manera en que percibimos dicha realidad. En la práctica y metafóricamente hablando, el lenguaje puede ser masculino, femenino o neutro, depende de la perspectiva de género que adoptemos a la hora de hablarlo, limpiarlo, fijarlo y abrillantarlo.

La mayor violencia es el asesinato, pero también lo es silenciar a la mitad de la humanidad en un genocidio lento, constante y deliberado. Si antaño el revuelo feminista obligó a la Academia a revocar determinadas acepciones y a rebajar la testosterona del léxico, lo importante se ha quedado en los arrabales del concepto sin penetrar su centro. Lo políticamente correcto parece no haber transcendido el eje del discurso más allá del “compañeros y compañeras” y de hablar de “género humano” en lugar de “ el hombre”, que sospechosamente, la RAE en el Avance de su vigésima tercera edición se apresura ahora a enmendar, incluyendo por primera vez en el Diccionario la voz género humano, y definiéndola como “conjunto de todas las personas”, no sea que las feministas vengan ahora con reclamaciones aduciendo que existen desigualdades entre los géneros.

El Pleno de la Real Academia Española, compuesto por 3 mujeres y 37 hombres ha elaborado un informe sobre la expresión violencia de género y una recomendación dirigida al gobierno para que no la utilice al redactar el “Proyecto de Ley integral contra la violencia de género”, expresión que ya había sido incorporada en dos leyes anteriores al hablar de impacto por razón de género. Cabría preguntar a los Sres. Académicos con cuántas especialistas en el campo académico de los Estudios de Género cuenta la Comisión de Vocabulario Científico y Técnico de la RAE o, en su defecto, y como recomienda explícitamente la propia Academia antes de tomar sus decisiones, con cuántas personas estudiosas y de reconocida solvencia en el tema que nos ocupa, ha consultado antes de afirmar alegremente que en español no existe tradición de uso de la palabra género nada más que para referirse a género gramatical o al concepto de género entendido como “conjunto de seres establecido en función de características comunes” y “clase o tipo”.

Resulta, cuando menos, sospechoso que la Academia ignore largos años de trabajos científicos realizados por mujeres y que, a pesar de reconocer la existencia del término género en el sentido técnico expuesto en los prolegómenos de este artículo y de describirlo de forma explícita e inequívoca en su informe frente al concepto de sexo, concluya con un paradójico: “es obvio que debe decirse sexo y no género”.

Analizar los problemas desde una perspectiva de género no es lo mismo que analizar los problemas desde una perspectiva de sexo, a no ser que queramos referirnos a divisiones biológicas atendiendo a determinados atributos genitales, que incidamos en aspectos eróticos o que tratemos temas pornográficos. La mención de la Academia a las expresiones sexo fuerte/sexo débil como única fuente a citar y como única aportación conceptual que reconoce a la “tradición cultura española” en este tema, es un insulto para investigadoras, feministas, centros de estudios, cátedras y universidades que durante los últimos veinte años vienen analizando con rigor estas cuestiones y han aportado una ingente cantidad de ideas, estudios serios y publicaciones científicas.

Existen numerosas monografías, publicaciones periódicas y una ingente “literatura gris” que corrobora la existencia de esa “inexistente” tradición cultural española. Dejando al margen los miles de artículos en revistas, seminarios, congresos, tesis, documentos administrativos, etc. le hubiera bastado a la Academia consultar el ISBN español (índice de libros publicados en España) donde solamente, y en referencia al título -no ya al contenido o la temática donde las cifras crecerían exponencialmente-, de 487 libros disponibles que en su título cuentan con la palabra género, 273 aluden al concepto de género con la acepción que la Academia niega. Es decir, un irrisorio e inexistente 56,4%, frente a un 43, 6% que agrupa al resto de las acepciones que la RAE sí reconoce.

Además, la exigua y vergonzosa documentación que aporta la Academia a la hora de decantarse por el uso de la expresión sexo en lugar de género no sólo supone un gran desprecio para las mujeres, las investigadoras y otros estudiosos del tema, sino un grave desprestigio para los lingüistas.

La RAE analiza las diversas expresiones usadas en español para referirse a los conceptos de: violencia doméstica, violencia de género, violencia contra las mujeres, etc. limitándose a citar la documentación que aparece en Internet haciendo uso del buscador Google y la que resulta de la base de datos CREA (Corpus de Referencia de Español Actual), base de datos creada por la propia Academia y que reúne textos completos de libros, periódicos, revistas y otros ejemplos del lenguaje oral, con el fin de valorar la frecuencia de uso de determinadas expresiones.

Pues bien, lo que analiza la Academia no es la frecuencia de uso del concepto género (que aparece en más de 100.000 documentos a lo largo y ancho de la WWW y, en la mayor parte de los casos con la acepción que la RAE niega), sino de la expresión violencia de género frente a otras como violencia doméstica, pero hay que tener en cuenta que ambos términos no son sinónimos.

Sabido es que los buscadores indexan las palabras de forma automática rastreando la World Wide Web y que Google utiliza un indexador automático llamado PageRank cuyo algoritmo, muy complejo, no sólo computa las apariciones de un término, sino que tiene en cuenta la estructura de los enlaces como indicador del valor de una página web, junto a otros elementos como una valoración cualitativa que se refleja en una mayor puntuación dependiendo de la importancia que tenga el sitio web que emita el documento en cuestión. Si las agencias de prensa difunden por la red una misma noticia haciéndose eco de las declaraciones de determinado político que ha utilizado una expresión concreta, dicha expresión aparecerá en cientos de periódicos a lo largo y ancho de la red, y los buscadores la registrarán como tal cientos de veces. Es de suponer que los periódicos ocupen un rango de página muy alto y que, por tanto, la aparición de cierto tipo de expresiones en los medios de comunicación esté sobrevalorada frente al uso no sólo en otros medios escritos como libros, artículos, etc. y, por supuesto gran parte de documentación que no aparece en la red o no está preparada para ser leída de forma automática por los indexadores que rastrean la WWW, sino también en otras webs con menor valoración para PageRank.

Cuando las frecuencias de uso en la Web tanto del término violencia doméstica como del término violencia de género son tan elevadas, habría que descartar esta fuente como indicador para decantarse por la utilización de una u otra expresión, ya que los documentos de la Web se actualizan constantemente y las cifras oscilan por momentos. Resulta cómico que haya sido la propia Academia la que haya igualado la frecuencia de uso de las dos expresiones violencia doméstica y violencia de género al difundir su informe por la Web y titularlo, precisamente, "Informe sobre la expresión violencia de género". (1.880 noticias frente a 1.740 respectivamente, dos días después de difundir su informe).

Y en cuanto a la documentación extraída de su base de datos CREA, en donde la Academia se ha limitado a contabilizar los datos en bruto sin el más mínimo análisis, los propios académicos se sorprenderían si hubieran analizado las veces que aparece la palabra género no en el sentido de “clase” o de “género gramatical”, sino aludiendo al concepto de género como construcción social asignada a las personas en razón del sexo. Así, si buscamos la palabra género en relación con las categorías temáticas que la misma RAE establece para acotar las búsquedas, encontramos significativos y cuantiosos ejemplos del uso del término género en el sentido que nos ocupa, incluyéndose no sólo dentro de temas como mujer, desarrollo, empleo, política, educación, etc; sino, también en la categoría de ciencias y tecnología. El concepto de género ha dejado de ser un término técnico y se ha introducido en el lenguaje común.

La RAE sólo hace referencia a la frecuencia de uso en los medios, y deja de lado aspectos semánticos de gran importancia para categorizar los conceptos que han de ser fijados y aclarados de una vez por todas para que no puedan producirse equívocos legales o categoriales. Su propuesta de denominación “Ley Integral contra la violencia doméstica o por razón de sexo”, es inapropiada y carece de fundamentos tanto lingüísticos.

Si lo que pretendemos es categorizar los tipos de violencia contra las mujeres para tratar los datos estadísticos para su posterior análisis desde un punto de vista legal, sociológico, policial, administrativo, científico, etc. y lo que es más importante, para buscar soluciones a un problema real como el que nos ocupa, debemos tener en cuenta que el término violencia de género engloba tanto la violencia producida en el ámbito doméstico, como la que ocurre fuera de él; y que, a su vez, la violencia doméstica no obligatoriamente se corresponde con el concepto de violencia de género, puesto que existe también violencia en el ámbito doméstico que no tiene nada que ver con cuestiones de género, como es la violencia contra los menores, los mayores, los hombres, etc.

La categorización sería la siguiente:

Por un lado distinguiríamos:

A. Violencia de género

1. en el ámbito doméstico

2. fuera del ámbito doméstico (discriminaciones laborales contra las mujeres, agresiones sexuales, trata de mujeres, etc.)

B. (... otros tipos de violencia)

Y por otro lado diferenciaríamos:

1. Violencia doméstica

1.1. contra la pareja

1.1.1. contra las mujeres (sólo en este caso, la violencia doméstica está englobada dentro del grupo A. Violencia de género)

1.1.2. contra los hombres

1.2. contra los menores

1.3. contra los mayores

1.4. otros

2. Violencia fuera del ámbito doméstico (...)

Así pues, si se acepta la propuesta de la Academia que es utilizar en la Ley la expresión violencia doméstica, caeremos en un limbo semántico que tendrá repercusiones para el análisis estadístico, legal y conceptual al dejar al margen la causa real por la que se cometen estos atropellos, puesto que para dicha categorización, el concepto de género es vital. De lo que estamos tratando es de la violencia contra las mujeres en el ámbito doméstico por razones de género y, por lo tanto, la ley debería denominarse: LEY INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL ÁMBITO DOMÉSTICO (o simplemente Ley integral contra la violencia de género, si se quiere legislar más allá de este ámbito).

Y para concluir, ya que en estas fechas tiene lugar la Feria del Libro, recomendaría a los Sres. Académicos que aprovecharan tal oportunidad y consultaran cualquiera de los 273 títulos recogidos en el ISBN español sobre género no gramatical, puesto que existen otros géneros, sin género de dudas.

Chusa Lamarca Desglobaliza: http://www.hipertexto.info/desglobaliza



2004-06


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