Por Mónica Roa
La joven abogada que estuvo al frente de la demanda para la despenalización del aborto en Colombia, describe cómo fue el proceso y sus puntos fundamentales.
El 14 de abril de 2005 presenté una demanda de inexequibilidad ante la Corte Constitucional, pidiéndole que declarara que la total penalización del aborto viola la Constitución por implicar graves vulneraciones a los derechos de las mujeres. El caso se llevó como parte del proyecto Laicia (Litigio de Alto Impacto en Colombia: la Inconstitucionalidad del Aborto), que diseñé como resultado de un análisis global sobre la importancia de trabajar estratégicamente con los jueces en la implementación de los derechos sexuales y reproductivos. El litigio de alto impacto es una modalidad de litigio estratégico; es una clase de activismo que busca generar cambios por medio del impacto que un caso llevado ante el sistema de justicia tenga en la sociedad. En este caso, por tanto, hay dos grandes objetivos: primero, lograr una decisión de la Corte que liberalizara el aborto en Colombia, esto es, que hiciera la ley al menos un poco más liberal o, enDespués de un año transmitiendo mensajes a través de los más diversos medios y con la satisfacción del deber cumplido, quisiera recapitular con un estilo diferente y para una audiencia muy particular, cuáles son las razones que permitieron liberalizar el aborto en Colombia. Todas estas razones provienen de perspectivas diversas que, a lo largo del proceso, enriquecieron la discusión.
1. Las consecuencias de la total penalización del aborto constituyen un grave problema de salud pública
Según el Ministerio de Protección Social, el aborto ilegal es la tercera causa de mortalidad materna del país. Esto significa que muchas mujeres mueren en Colombia a consecuencia de abortos practicados de modo ilegal y, por tanto, muchas veces insegura. Hace poco se me encogió el corazón cuando vi por Internet el video de Citytv en el que una mujer muere desangrada a causa de un aborto ilegal, en una calle del barrio 20 de Julio. En él se ve cuando la Fiscalía llega a hacer el levantamiento del cadáver y presenta los testimonios de algunos testigos, quienes afirman que la mujer salió de una casa donde practican abortos clandestinos, tuvo una hemorragia que no la dejó seguir caminando ni mantenerse en pie, y murió en la acera del barrio sin que nadie la ayudara. Nunca supimos su nombre, y nadie reclamó el cuerpo en Medicina Legal. Este tipo de muertes, que parecen no dolerle a nadie, constituyen el 17% de las muertes maternas en nuePara hacer peor aún la situación, muchas otras mujeres -no sabemos cuántas- se mueren no por abortos practicados en forma insegura, sino por la imposibilidad de practicarse un aborto oportuno para comenzar un tratamiento médico. El caso de Martha Zulay González en Pereira, quien morirá de cáncer por no haber podido iniciar la quimioterapia a tiempo, ya que tenía un mes de embarazo y no la dejaron abortar, no se registrará como una muerte por aborto ilegal. Ella morirá de cáncer y las estadísticas no mostrarán que los médicos habrían podido salvarla si el aborto fuera legal cuando se encuentra en peligro la vida de la mujer embarazada. Esperemos que su historia sea la última en la que una mujer es condenada a morir injustamente por la imposibilidad de abortar de manera legal.
2. Es un asunto de equidad de género
El embarazo es un fenómeno biológico que únicamente las mujeres podemos experimentar y, por ende, sólo nosotras tendremos que enfrentar, alguna vez, el dilema de interrumpir o no un embarazo. Según el Comité de Naciones Unidas para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la penalización de una práctica médica que sólo necesitan las mujeres es una violación al derecho a la igualdad y a la no discriminación por sexo. En otras palabras, los hombres nunca se preocuparán porque un procedimiento médico que necesitan -en algunos casos incluso para salvar su vida- sea prohibido por la ley penal. Sabemos bien que hombres y mujeres no pueden ser exactamente iguales, así que debemos buscar una manera de tener igualdad de derechos, que tome en cuenta las diferencias entre unas y otros. Por ejemplo, ¿se ha preguntado usted alguna vez qué pasaría si es víctima de una violación y producto de ésta resulta en embarazo? Si usted es mujer, seguro que se lo ha preguntado de manera nerviosa; si usted es hombre, se habrá dado cuenta de que esa preocupación nunca le ha pasado por la cabeza.
3. Es una cuestion de justicia social
Abortar de manera segura y confidencial en un país donde el aborto es un delito sin excepción es un lujo que el dinero puede pagar, o bien comprando un pasaje a Miami o a cualquier lugar donde la práctica no esté penalizada, o pagándole a un médico privado dispuesto a hacerlo. Es una realidad que quienes pagan el costo de la ilegalidad del aborto son las mujeres de escasos recursos, las más vulnerables, las que viven en zonas rurales, las que tienen menos acceso a la información, las más jóvenes. Estoy segura, y así lo he dicho ante varios auditorios, de que si las esposas de presidentes, ministros y congresistas tuvieran que sufrir el trauma de un aborto clandestino y peligroso, la legislación penal colombiana sobre el aborto habría cambiado hace tiempo. Peor aún, es también a las mujeres que viven en la pobreza a quienes les diagnostican más frecuentemente enfermedades que junto con el embarazo ponen en peligro sus vidas o gravísimas malformaciones fetales, resultado de una mala nutrición o de vivir en ambientes malsanos. Las adolescentes embarazadas son las que presentan más complicaciones mortales al momento del parto, por no tener un cuerpo lo suficientemente desarrollado para la maternidad. En cualquier caso, no podemos negar que la penalización del aborto tiene efectos mucho más graves para ciertos grupos de mujeres que para otros. Esta es una de las razones que exigen que los servicios de aborto en los casos despenalizados por la Corte sean prestados por los servicios públicos de salud a todas las mujeres que lo requieran.
4. La decisión de interrumpir un embarazo está íntimamente relacionada con el ejercicio de la autonomía y las libertades individuales
La primera y más importante de todas las consecuencias de la autonomía y las libertades individuales consiste en que los asuntos que atañen sólo a la persona debe decidirlos únicamente ella, pues de lo contrario se le arrebataría su condición ética, se la reduciría a su condición de objeto, se la cosificaría, se la convertiría en medio para los fines que por fuera de ella otros eligen (el Estado, la Iglesia, grupos de la sociedad civil organizada, la familia, etc.). Cuando el Estado reconoció la autonomía de la persona en la Constitución de 1991, resolvió dejarla que decidiera sobre su propia vida, sobre lo bueno y lo malo, sobre el sentido de su existencia. Es tan extremo este respeto, que el Estado no tiene la facultad de proteger al ciudadano contra sí mismo. La decisión de una mujer de interrumpir un embarazo no deseado, decisión que tiene que ver con su integridad, es un asunto que sólo le concierne a quien decide sobre su propio cuerpo. Razón tienen los grupos de mujeres cuando gritan durante sus protestas «Ni de la Iglesia ni del Estado, mi cuerpo es mío y yo decido».
5. La penalización del aborto no salva fetos, pero sí mata mujeres
Catalogar el aborto como un delito no ha demostrado persuadir a las mujeres que quieren interrumpir un embarazo de no hacerlo. Cuando una mujer se encuentra en una situación tan desesperada que prefiere convertirse en delincuente antes que en madre, la pena anunciada por el Código Penal no la convence de no abortar, sólo la obliga a acudir a procedimientos inseguros que ponen en peligro su vida. Las mujeres pueden llegar a usar ganchos de ropa, vidrios, líquido de frenos para carros, veneno para ratas y muchas otras horrorosas opciones en medio de su desesperación, sin importar qué tan peligroso pueda ser para ellas. Por tal razón, el Ministerio de Protección Social hizo esta afirmación en uno de los conceptos que envió a la Corte Constitucional: la penalización del aborto no salva fetos, pero sí mata mujeres. A quienes les interese más salvar fetos que mujeres, que busquen una alternativa más efectiva para lograr su propósito, pues la penalización del aborto claramente no funciona.
6. Incluso en un escenario de total cubrimiento en educación sexual y acceso a anticonceptivos, el aborto sigue siendo necesario para casos extremos
Muchas personas me critican diciendo que todo el tiempo y energía que gasto tratando de despenalizar el aborto debería usarlo en la prevención de embarazos no deseados. Otros argumentan que antes de despenalizar el aborto habría que pensar en castigar a los violadores. A todos les respondo que en materia de derechos sexuales y reproductivos no es lo uno o lo otro, sino lo uno y lo otro. ¿Quién dijo que teníamos que escoger entre castigar a un violador y ofrecerle a la víctima la posibilidad de interrumpir ese embarazo? Insisto: debemos apuntar a una sociedad con total cubrimiento de educación sexual de calidad, total acceso a anticonceptivos 100% eficaces y niveles nulos de violencia sexual. Esta sociedad es una utopía que ni siquiera los países más desarrollados y con una mayor equidad de género han alcanzado; sin embargo, es el ideal y en eso estamos todos de acuerdo -espero-. Pero incluso en esa sociedad ideal, sigue siendo necesario el aborto legal para casos que no pueden prevenirse con educación o anticonceptivos como los que le pedimos a la Corte que liberalice: peligro para la vida o salud de la mujer, graves malformaciones fetales que hagan imposible la vida por fuera del útero materno y embarazo por causa de violación. Lo he repetido mil veces pero lo hago una vez más: la despenalización parcial del aborto no busca alcahuetear ni mucho menos promover la irresponsabilidad sexual, sólo ofrecerles opciones a mujeres en circunstancias extremas.
7. Ningún derecho es absoluto, ni siquiera los derechos de los no nacidos. Si es que los tienen...
La discusión sobre la titularidad de derechos de los no nacidos no se ha zanjado. No es claro si el derecho a la vida empieza a predicarse a partir del nacimiento (según el Código Civil, las personas comienzan a existir jurídicamente al separarse del cuerpo de la madre), o desde un momento anterior como la fecundación, la concepción, o el momento en que se desarrolla el sistema nervioso en el feto. No se trata de esperar a que la gran discusión de científicos, filósofos y teólogos sobre cuándo comienza la vida humana tenga una respuesta satisfactoria para todos. Simplemente, no creo que sea posible llegar a un consenso al respecto y por eso no podemos esperar hasta que se pongan de acuerdo para solucionar este problema. Lo importante, entonces, es entender que incluso si admitiéramos que el no nacido tiene derechos, éstos no podrían considerarse absolutos, pues ninguno de los derechos fundamentales lo es. Todo derecho tiene como limitación los derechos de los demás y deben, por tanto, ponderarse en cada caso los intereses jurídicos en conflicto. Por consiguiente, según la Corte, la despenalización del aborto en casos extremos responde a la necesidad de armonizar los supuestos derechos del no nacido con los derechos de la mujer embarazada, reconociendo así intereses jurídicos legítimos de las dos partes; la respuesta no es absoluta ni en uno ni en otro sentido (ni total despenalización ni total penalización). 8. El abuso de un derecho no es razón suficiente para negar su reconocimiento
Uno de los argumentos que más me ofenden de quienes se oponen a la despenalización parcial es el que desconoce el principio de la buena fe y presume que todas las mujeres pretenderán haber sido violadas para poder abortar. En primer lugar, me parece que el punto de partida es reconocer que las mujeres ni desean ni disfrutan abortar; cuando lo hacen, se encuentran en circunstancias desesperadas y no ven otra salida a su situación que interrumpir su embarazo, incluso si eso las convierte en delincuentes. Por otra parte, es cierto que reconocer el derecho de las mujeres a abortar en ciertas circunstancias implica el posible abuso de ese derecho, pero eso mismo sucede con todos los derechos y no por ello deben restringirse. Por ejemplo, hemos sido testigos de cómo el sistema de derechos y libertades de las sociedades occidentales ha dado lugar a la comisión de actos terroristas que, si bien deben castigarse, no son nunca razón suficiente para eliminar esos derechos y libertades. El día en que una mujer denuncie falsamente una violación para poder acceder a un aborto legal y seguro podrían ponerse en marcha los mecanismos existentes para este tipo de abusos, como el delito de falsa denuncia, pero no podemos decir que esa es razón para negarle la posibilidad de abortar legalmente a la mujer que, en efecto, fue víctima de una violación. Lo importante aquí es reconocer las implicaciones de los derechos: la libertad de expresión nos permite a todos decir lo que pensamos, y aunque algunos dicen muchas estupideces, no por ello tenemos derecho a callarlos. El delito de falsa denuncia es una de las medidas que ya existen y que pueden usarse para castigar los casos de abuso identificados.
9. Dentro de una sociedad pluralista, donde se respeta la libertad de cultos, el aborto no puede ser un delito en todos los casos
Hace poco, en una conferencia organizada por un grupo de estudiantes de la Universidad de los Andes, tuve la oportunidad de escuchar a un rabino y me sorprendió su posición frente al aborto. Según nos contó, cuando la vida de la mujer está en peligro, el aborto es una obligación para la comunidad judía. En otras circunstancias el aborto es un derecho, y se debate si el aborto por simple solicitud de la mujer es prohibido o no. Conozco también un grupo de mujeres llamado Católicas por el Derecho a Decidir que, aunque creyentes, critican la posición oficial de la Iglesia católica y defienden su derecho al libre albedrío. El dalái lama, de paso por Colombia al momento de la decisión, se mostró de acuerdo con el aborto cuando se practica para evitar sufrimientos mayores. Además, muchas mujeres colombianas pueden considerarse a sí mismas ateas o simplemente están todavía en busca de respuestas a sus inquietudes espirituales y no tienen, por tanto, una creencia clara frente al valor absoluto de la vida fetal. La Iglesia católica debe entender que la decisión de la Corte se toma dentro de un Estado secular y con base en argumentos jurídicos. Si bien tiene derecho a expresar su desacuerdo, debería ser más sensible con las mujeres que viven las situaciones extremas que se han discutido. Como dice la abogada feminista Ximena Castilla, una de las grandes diferencias entre quienes defendemos la despenalización del aborto y quienes se oponen a ella en cualquier circunstancia es que nosotros respetamos la decisión individual, mientras que los otros quieren imponer su posición a los demás. En otras palabras, la despenalización del aborto nunca implicará la obligación de abortar a la mujer que no quiera hacerlo porque su conciencia no se lo permite.
10. Porque la total penalización del aborto viola derechos fundamentales y es, por tanto, inconstitucional
En conclusión, la total penalización del aborto viola los derechos fundamentales a la dignidad, a la autonomía reproductiva y al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad y a estar libre de discriminación, a la vida, a la salud y a la integridad, a estar libre de tratos crueles, inhumanos y degradantes, así como a la libertad de cultos y de conciencia. Por tratarse de derechos fundamentales, le correspondió decidir a la Corte Constitucional que el régimen penal frente al aborto sólo se acoge a las normas constitucionales si se entiende que no cobija circunstancias extremas. Por esta misma razón no podemos permitir que un tema tan importante para la vida de las mujeres del país dependa de coyunturas políticas, de quién tiene mayoría en el Congreso, de cuántos políticos pueden ser persuadidos por fuerzas sin legitimidad dentro de un Estado secular, de cómo se negocian los temas entre los actores políticos del momento. No podemos conformarnos con una simple concepción de democracia en la que reine sin restricciones el gobierno de las mayorías. No podemos permitir que nuestra democracia se convierta en una tiranía contra las minorías. La buena noticia es que la decisión de la Corte nos indica que aún es posible hacer valer la justicia y los derechos por medio de procedimientos e instituciones legítimos. La buena noticia es que quienes apoyamos la despenalización del aborto dejamos de ser una minoría y que la justicia se hizo eco de nuestros argumentos. Es ahora responsabilidad de tod@s asegurar la eficacia de la decisión de la Corte. No podemos permitir que este histórico reconocimiento de derechos se quede en el papel.
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