Una mujer procedente de un país del Golfo Pérsico se convirtió hoy en la primera víctima de violencia doméstica que obtiene en España la condición de refugiada, según informó el ministro de Interior, José Antonio Alonso.
Se trata de una mujer de 38 años, con dos hijos, que fue obligada a contraer matrimonio y que ha sido objeto de malos tratos, tanto por parte de su esposo como de la familia de éste, sin que las autoridades de su país hayan ofrecido una respuesta a su situación ni la hayan protegido.
En rueda de prensa tras reunirse con parlamentarias socialistas y asociaciones de mujeres, Alonso destacó la importancia de que por primera vez se haya concedido asilo a una víctima de la violencia de género, y aseguró que se seguirá aplicando la legislación vigente siempre que se acrediten los requisitos exigidos.
El titular de Interior consideró que el Gobierno tiene que hacer el ’máximo esfuerzo solidario’ para atender a estas mujeres y desplegar todos los mecanismos asistenciales que les garantiza la condición de refugiadas.
Explicó, en este contexto, que cuando las mujeres provienen de países en los que son sometidas a matrimonios forzosos, en los que existe una violencia ’ambiental y estructural’ y en los que los poderes públicos no ofrecen una respuesta a su situación reúnen las exigencias legales para ser demandantes de refugio.
El ministro de Interior adoptó hoy esta decisión después de que la Comisión Interministerial de Asilo y Refugio (CIAR) acordara, en una reunión también celebrada hoy, proponer el reconocimiento como refugiada de esta mujer, que ha sufrido graves trastornos psicológicos por los que ha recibido asistencia en España en los últimos meses.
Se tuvo en cuenta la gravedad y la continuidad de los malos tratos, la ausencia de protección por parte de las autoridades de su país de origen dada la configuración del sistema legal y social del país, con importantes discriminaciones en contra de las mujeres casadas, y la imposibilidad de eludir los malos tratos permaneciendo en él.
Todos estos elementos llevaron a la CEAR a considerar el caso dentro de los términos de la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados.
Por motivos de seguridad, Alonso no quiso desvelar datos de la identidad de la mujer ni su país de origen.
Fuente: Terra Actualidad - EFE