Transparencia y, por tanto, sin cumplir el Convenio para el Acceso a Documentos Oficiales (2008). Dejamos de estar oficialmente en la cola de Europa en transparencia y derecho a saber de la ciudadanía.
La derecha es especialista en comunicar avances vacíos de contenido real. En este caso, el artículo 14, que limita el derecho de la ciudadanía a acceder a la información pública, contiene algunas excepciones que invalidan el objeto de la ley: “Ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública y garantizar el derecho a la información”. Esta es la función del punto h, excluir la información que suponga un perjuicio para “los intereses económicos y comerciales” (h). Este punto impide el “open data”, ya que cualquier información estadística o informe sobre la sociedad o la población afecta a la actividad económica, abre posibilidades a algunas actividades y en consecuencia afecta a otras.
La Ley de Transparencia promovida por el gobierno del PP es una ley de mínimos y significará un tímido avance en el derecho de la ciudadanía a acceder a la información. Se trata más bien de una operación de maquillaje interna y una forma de salir del ranking de los países menos transparentes.
La ley está publicada en el BOE. Dejamos de ser uno de los cuatro países —junto con Chipre, Luxemburgo y Malta— de los 27 países de la Unión Europea sin Ley de Transparencia.
Artículo 14: Límites al derecho de acceso.
1. El derecho de acceso podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para:
a) La seguridad nacional
b) La defensa
c) Las relaciones exteriores
d) La seguridad pública
e) La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios
f) La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva
g) Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control
h) Los intereses económicos y comerciales
i) La política económica y monetaria
j) El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial
k) La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión
l) La protección del medio ambiente
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