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Reenfocar la antiviolencia de género

Por Andrés Montero Gómez

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El incesante goteo de muertes de mujeres asesinadas por hombres que han sido, o todavía son, sus parejas es uno de los elementos más utilizados para cuestionar la eficacia de la Ley Orgánica de Protección Integral contra la Violencia de Género. Es cierto que cada año son asesinadas más mujeres. El incremento ha sido progresivo y paulatino, pero con independencia de la Ley Orgánica. Atribuir los asesinatos a la legislación antiviolencia, cuando está plagada de medidas de protección jurídica y social, no parece ser un argumento sensato, sino más bien blando cuando no, en la mayoría de los casos, ideológicamente sesgado. Con todo, es evidente que quedan contundentes posibilidades para mejorar nuestra respuesta colectiva a la violencia hacia la mujer.

La primera virtud de la Ley Integral es que reconoce que la violencia hacia la mujer no es un problema de su intimidad, sino una agresión contra todas y todos los ciudadanos. La violencia hacia la mujer es un delito individual que lesiona bienes jurídicos individuales, como el derecho a la vida, a la integridad física y a la libertad de las mujeres, pero también es una conducta que trasgrede el orden democrático colectivo. La Ley Integral reconoce que estamos ante un problema de raíces sociales y magnitud colectiva. Conceptualmente, el legislador ha sido coherente con la naturaleza de la amenaza social, y el marco jurídico español puede considerarse avanzado y valiente en ese sentido. Y es valiente porque asumir, en una sociedad moderna pero todavía con buena proporción de genes machistoides como la nuestra, que las raíces de la violencia de género residen en la propia codificación de la sociedad, basada en la transmisión intergeneracional de valores de dominancia masculina sobre la mujer, supone apostar políticamente a riesgo de recibir una réplica reaccionaria de alguna parte del tejido social.

Así está ocurriendo. De hecho, aunque los estudios criminológicos de los casos individuales de mujeres asesinadas todavía no están todo lo maduros que sería deseable para obtener conclusiones, estoy por anticipar que alguna proporción de las muertes de mujeres tiene parte de motivación en una reacción del asesino machista ante las medidas que se han establecido para erradicar la violencia. Este planteamiento es muy sencillo, y supone subrayar que, si no funcionan adecuadamente las medidas de contención de una amenaza en su medio inmediato y a corto plazo, los instrumentos que se pongan al servicio de erradicarla a largo plazo y en un círculo más alejado de la amenaza (el social) van a provocar, a la corta, una exacerbación de la conducta que se quiere erradicar a la larga. La ley tiene algunos mecanismos de aplicación que pueden mejorarse pero, sobre todo, lo que debemos hacer es reenfocar nuestra estrategia ante la violencia de género.

Hasta ahora, la estrategia aplicada sobre la violencia de género ha estado centrada en las mujeres. Los agresores no tienen la sensación de que el problema vaya con ellos. Lo peor es que la sociedad tampoco tiene conciencia clara de que la violencia de género sea un asunto de hombres que agreden al refugio de ciertos elementos facilitadores en el colectivo social, sino precisamente que es un asunto de mujeres que tienen el ’problema’ de ser agredidas. Es obvio que los primeros compases de una política contra una amenaza como las agresiones sistemáticas consisten en proteger a las víctimas de la violencia. Todos los recursos de información, apoyo psicosociológico, educativo, laboral, económico y jurídico que sea necesario articular para impedir que más mujeres permanezcan en situación de violencia y facilitar que recobren el bienestar y la seguridad, que se habiliten. Sin embargo, la época de los primeros compases ya ha pasado. Muchos de los agresores continúan pensando que la acción de los poderes públicos no va con ellos, que incluso ellos mismos son víctimas de una complicada situación de pareja que la sociedad ni entiende ni tiene por qué entender y que, aunque los encarcelen, ya se encargarán ellos de hacer justicia cuando cumplan la condena. Así ocurrió en Melilla hace bien poco con otro asesino de otra mujer, a pesar de la condena, a pesar de la orden de alejamiento.

Hay que reenfocar la estrategia antiviolencia de género hacia los agresores. La violencia de género es uno de esos delitos graves en donde tenemos perfectamente identificada la amenaza. Las mujeres conocen muy bien el nombre y apellidos de sus agresores. Ahora se están comenzando a implantar protocolos más o menos rigurosos de evaluación de riesgo de violencia en agresores. A partir de esos sistemas, los jueces (y en menor medida, la policía) deberán decidir lo que hasta ahora han venido decidiendo a partir de una valoración más tentativa, esto es, el nivel de protección adecuado al nivel de riesgo de la mujer. Conociendo perfectamente quién es el agresor, parece de sentido común que, además de la protección para la mujer, se insten medidas judiciales de seguridad contra el agresor, más allá de la mera orden de alejamiento, incluida la prisión provisional. Esta solución no representa una garantía total, pero de alguna manera reduce las probabilidades. Tras una denuncia, encarcelar a los agresores de cuya evaluación se desprenda un riesgo inminente de violencia es mucho más efectivo que dictar una orden de protección contra la mujer dejando a su amenazante la libertad de saltarse el alejamiento.

Otra insensatez que se está produciendo es mantener los regímenes de visitas de los agresores a sus hijos menores bajo custodia de la madre, compatibilizando las visitas paternas con una orden de alejamiento. Incluso aunque estas visitas se lleven a cabo en un punto de encuentro, en todos los supuestos de violencia de género en donde un hombre ejerce violencia hacia una mujer en presencia de niños, estos son víctimas directas de la violencia, aunque no hayan recibido un golpe o un insulto. Lo que cabe, desde la racionalidad pero también desde la legalidad, es que para cada caso de violencia de género donde existan menores involucrados, las fiscalías insten una doble imputación del reo, del agresor, por violencia hacia la mujer y por violencia hacia los niños.

Hasta ahora, muchos de los agresores no sienten íntimamente que la violencia de género sea su problema. Alguna comunidad autónoma, como la de Castilla-La Mancha en la época de Bono, promovió la publicación de las listas de agresores condenados por violencia de género, con gran escándalo mediático en contra. Sin embargo, esa medida iba en el sentido de iluminar, de poner los focos, sobre el centro de la amenaza pública, sobre el agresor.

La violencia hacia la mujer, ejercida sistemáticamente por un agresor, cumple todos los requisitos para ser calificada como tortura. Al igual que la tortura tradicional, la violencia hacia la mujer crea debilidad en las víctimas a través de las agresiones constantes, la privación sensorial y en algún caso alimenticia, y el aislamiento; al igual que la tortura, convierte a la víctima aislada y sometida por la violencia en un ser dependiente del agresor; al igual que la tortura, la violencia de género induce un estado permanente de terror en las mujeres que la padecen. En ninguna campaña publicitaria sobre malos tratos he visto reflejada esta realidad, por otra parte comprobada en miles de casos individuales de mujeres agredidas.

La Ley Integral está funcionando, pero su funcionamiento aún puede mejorar. Los poderes públicos deben hacer todo lo posible por trasladar a la ciudadanía el verdadero significado de la violencia y el rostro real de los agresores, que no se corresponde con el amable que éstos, a través del aislamiento de la víctima hacia el plano íntimo, están ofreciendo a su entorno social más próximo, entorno que luego no es capaz de comprender por qué aquel ’chico tan majo’ asesinó de repente a una mujer. Nunca es de repente y nunca era tan majo.

Con independencia de ciertas modificaciones legales que habrá que hacer para afinar la respuesta jurídica a la violencia de género, y de mejorar significativamente la coordinación de la acción ejercida desde las comunidades autónomas y los ayuntamientos (donde residen las competencias de aplicación de la Ley Integral en la mayoría de sus dimensiones), la estrategia antiviolencia de género debe hacer más visible al agresor y a su violencia.

Fuente: El Correo



2007-08


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